SERVICIOS
- Fomento del cooperativismo.
- Representatividad.
- Organización de jornadas técnicas, congresos, seminarios,..
- Publicación de la revista "Cooperativa Agraria".
- Formación de socios, empleados, gerentes y consejos rectores.
- Asesoría empresarial, fiscal, laboral y contable.
- Servicios jurídicos.
- Información, gestión y tramitación de ayudas y subvenciones.
- Iniciativas comunitarios.
- Seguros agrarios.
- Participación y coordinación de programas y proyectos de la Unión Europea .
¿POR QUÉ UNA COOPERATIVA SE INTEGRA EN COOPERATIVAS AGROALIMENTARIAS?
- Porque tiene garantizada una representación profesional de sus intereses.
- Porque precisa estar informado de manera puntual y precisa.
- Porque le interesa alcanzar un grado de formación adecuado a sus necesidades profesionales.
- Porque le permite disponer del foro más adecuado para ocntactar con otras cooperativas y alcanzar acuerdos de colaboración.
- Porque precisa asesoramiento jurídico, económico y laboral.
- Porque le interesa la promoción de us productos y la de sus socios.
- Porque a través de Cooperativas agro-alimentarias las cooperativas conocen, contactan, colaboran y participan en las actividades del conjunto del cooeprativismo agrario asturiano.
¿CÓMO ASOCIARSE?
Podrán ser socios de la Unión, las siguientes entidades, siempre que tengan actividad agraria o ganadera y que sean de alguna de las siguientes clases:
- Cooperativas Agrarias y de otra clase cuyo ámbito territorial de actuación comprenda el Principado de Asturias.
- Cooperativas de Segundo Grado que asocien a Cooperativas Agrarias.
- Uniones de Cooperativas Agrarias cuyo ámbito territorial o funcional sea inferior a la de esta Unión.
- Cualquier otro tipo de Entidad que la legislación sobre cooperativas permita su integración en la Unión de Cooperativas Agrarias.
Para poder ser socio el interesado formulará escrito de admisión al Consejo Rector de la unión, el cual resolverá motivadamente en un plazo no superior a tres meses a contar desde el recibo de la solicitud.
A la copia de solicitud se acompañará copia de los Estatutos y Reglamento de Régimen Interno o normas de funcionamiento, Certificación de inscripción en el Registro de Cooperativas, Relación nominal de Socios y cuenta de Resultados del último ejercicio, y por último Relación actualizada de Cargos sociales.
Transcurrido el plazo sin que el consejo Rector resuelva la solicitud se entenderá estimada la misma. La denegación de solicitud de admisión por el Consejo Rector podrá ser recurrida por el solicitante en la forma y plazos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley de Cooperativas.
Última actualización hace 806 dias por Cooperativa Agroalimentarias